Características

La Apostilla es un certificado que permite reconocer los documentos públicos bolivianos en el exterior y suprime la exigencia de legalización de documentos públicos extranjeros en el país.

La Apostilla Electrónica permite una Atención desconcentrada y descentralizada.

CampoInformación
1. PaísNombre del país: Estado Plurinacional de Bolivia.
2. Ha sido firmado porNombre de la persona que emite el documento público subyacente.

Operador acreditado ante Cancillería.
3. Quien actúa en calidad deCalidad en la que la persona que firma el documento público subyacente ha actuado.
4. Y está revestido del selloNombre de la autoridad o Entidad Emisora que emite el documento público.

(Una apostilla auténtica únicamente la firma/sello de un único funcionario o autoridad)
5. enRepresentación departamental donde se expide la apostilla.
6. el díaFecha cuando se expide la apostilla.
7. porNombre del funcionario que emite la apostilla designado por la autoridad competente.
8. bajo el númeroNúmero de la apostilla.
9. SelloSello/timbre de la autoridad competente.
10. FirmaFirma digital y/o física.

Cuando una Firma Digital ha sido inscrita en un documento digital o mensaje electrónico de datos, se presume la voluntad del titular de la firma digital para acreditar ese documento digital o mensaje electrónico de datos, y se adscribe y vincula con el contenido de la información de los mismos.


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Validez jurídica de la firma digital

Los mensajes electrónicos de datos o documentos digitales ambos con firma digital adquieren plena validez jurídica probatoria bajo las siguientes condiciones:

  1. Ser individual y estar vinculada exclusivamente a su titular;
  2. Que permita verificar inequívocamente la autoría e identidad del signatario, mediante procedimientos de autenticación y de seguridad y esté conforme a la normativa vigente;
  3. Que su método de creación y verificación sea confiable, seguro e inalterable para el propósito para el cual el mensaje fue generado o comunicado;
  4. Que al momento de creación de la firma digital, los datos con los que se creare se hallen bajo control exclusivo del signatario;
  5. Que la firma sea controlada por la persona a quien pertenece.

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La Firma Digital debe cumplir mínimamente las siguientes condiciones:

  1. Estar vinculada a un certificado digital de manera que cualquier alteración subsiguiente en el mismo sea detectable;
  2. Haber sido creada durante el periodo de vigencia del certificado digital válido del firmante;
  3. Haber sido creada utilizando un dispositivo de creación de firma técnicamente seguro y confiable;
  4. Ser creada por medios que el firmante pueda mantener bajo su exclusivo control y la firma sea controlada por la persona a quien pertenece;
  5. Contener información vinculada exclusivamente a su titular;
  6. Permitir verificar unívocamente la autoría e identidad del signatario, mediante dispositivos técnicos de comprobación;
  7. Que el método de creación y verificación sea confiable, seguro e inalterable para el propósito para el cual fue generado un registro de creación de la firma;
  8. Que los datos sean susceptibles de verificación por terceros;
  9. Que al momento de creación de la firma digital, los datos con los que se creare se hallen bajo control exclusivo del signatario;
  10. Que la firma digital sea controlada por la persona a quien pertenece.

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