Fecha: 
Jueves, 24 Octubre 2019 - 10:15pm
Nombre de la Persona: 
Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, Héctor Arce Zaconeta
Discurso: 

Muchas gracias, muy buenas tardes, permítanme saludar a nuestra Presidenta del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos, un saludo especial al señor Secretario General, que se encuentra presente, un saludo a todos y cada uno de los representantes de los diferentes países que conforman la Organización de Estados Americanos, Saludo al Canciller de Bolivia, compañero Diego Pary.

 

Después de haber escuchado la amplia y clara explicación brindada por nuestro Canciller y ex Embajador de Bolivia ante la Organización de Estados Americanos, permítanme referirme muy brevemente a los procedimientos para el conteo de votos que se utilizó en las elecciones presidenciales del pasado domingo 20 de octubre y que hoy concitan su atención.

 

Básicamente como fue ampliamente explicado el día de ayer por nuestro embajador José Alberto Gonzales, en Bolivia existen dos sistemas para el conteo de votos.

 

El primero es el sistema de cómputo oficial de votos cuyo fin es validar los resultados electorales que son jurídicamente vinculantes. Es decir, se trata del sistema formal, oficial y definitivo.

 

Asimismo, también se cuenta con un segundo sistema de conteo rápido de votos, denominado TREP. Que es un sistema orientativo e inmediato, el cual tiene por objeto solamente adelantar los resultados electorales para conocimiento preliminar de la población a pocas horas de concluido el acto electoral.

 

Así, el TREP se basa en la transmisión rápida de actas. Es decir, es un mecanismo que se utiliza para dar resultados preliminares y no así resultados oficiales como suceder en varios países de la región.

Por ejemplo, en el año 2014, la cobertura del TREP en la noche de la elección fue de un 70%; el 2016 fue del 80% y ahora en el año 2019 fue en un inicio del 83%, y posteriormente llegó al 95 %. Es decir, fue el resultado más alto del TREP obtenido en las últimas tres elecciones de Bolivia.

 

De hecho, el compromiso del TSE y de la empresa que realiza el TREP, fue que aproximadamente a las 20:00 horas del domingo 20 de octubre se presentaría el 80% de los resultados preliminares.

 

Compromiso que fue cabalmente cumplido, habiéndose llegado al 83% de los votos computados por el TREP y cuyos resultados para las dos primeras fuerzas políticas fueron los siguientes:

 

Movimiento al Socialismo (MAS) 45.71%

Comunidad Ciudadana (CC) 36.84%

 

La diferencia para aquel momento entre ambas candidaturas era de 7.87%, por lo que se requería que la ventaja del primero sobre el segundo candidato en el restante 17% de la votación, se incrementará solamente en un 2.13%.

 

Con ello, se sobrepasaría el 10% de diferencia que establece la Constitución Política de mi país, a fin de que no sea necesaria una segunda vuelta electoral.

 

Al día siguiente de las elecciones es decir el 21 de octubre y con el computo al 95.18% de las actas verificadas en el sistema TREP; que incorpora a los votantes urbanos y rurales en Bolivia y ciudadanos bolivianos en el extranjero, se llegó al siguiente resultado:

 

Movimiento al Socialismo (MAS) 46.86%

Comunidad Ciudadana (CC) 36.73%

 

Datos que fueron puestos en conocimiento público atendiendo a la solicitud expresa de la Misión de Observación Electoral de la OEA como explicó hace algunos minutos el Canciller Pary. 

 

Para aquel entonces, aún faltaba verificar tan solo el 4.72 % de los votos, por lo que la diferencia entre las dos primeras candidaturas se ampliaba a 10.13%.

 

Es fundamental reiterar que el sistema TREP es un conteo preliminar de carácter referencial y orientativo que permite disponer de información previa al cómputo oficial. Como lo señalé, lo que sí es oficial es el procedimiento de cómputo de actas, que son registradas en acto público con la presencia de veedores internacionales y representantes de los partidos políticos.

 

Justamente, en estos momentos se viene culminando el cómputo final oficial de las actas en todo el territorio boliviano dentro de los plazos legalmente establecidos por la legislación boliviana.

 

Este procedimiento que está a cargo de los Tribunales Departamentales. De esta manera, hay un tribunal en cada capital de departamento, quienes hacen la verificación y constatación acta por acta que llegan físicamente a los Tribunales Departamentales y son incorporadas al sistema informático.

 

Procedimiento que es público y que puede ser monitoreado en cada uno de los Tribunales Electorales Departamentales. En este mismo momento, este procedimiento puede ser vista abriendo el link de la página oficial del TSE: https://computo.oep.org.bo/#. El cual se actualiza cada 3 minutos, ustedes mismos señores delegados pueden ingresar y verificar la información permanente que se actualiza cada 3 minutos en el cómputo.

Hasta las 14:00 horas del día de hoy jueves 24 de octubre de 2019 los resultados del cómputo electoral oficial son los siguientes. Sobre el 99.16 % de votos escrutados

 

Movimiento Al Socialismo (MAS) 46.96%

Comunidad Ciudadana (CC) 36.59%

 

Señora Presidenta, Señores Delegados.

Bajo estos conceptos sencillos como fundamentales, volvamos ahora al análisis del proceso de votación y del sistema de cómputo de dicha votación oficial en Bolivia.

Un primer elemento que deseo relevar es que hay un total 34.555 mesas electorales en Bolivia, las cuales están conformadas de la siguiente manera:

- Un Presidente

- Un Secretario

- Cuatro vocales

- Y uno o dos delegados de cada partido político.

Vale hace notar que el Presidente, el Secretario y los cuatro vocales son elegidos al azar del padrón electoral entre los ciudadanos que votan en cada una de las más de 34 mil mesas electorales.

El día de las elecciones los ciudadanos debidamente registrados en el padrón electoral acuden a su recinto electoral a emitir su voto.

Una vez emitido el voto reciben su certificado de sufragio y en señal de constancia este suscribe la denominada lista índice de la mesa. 
Cada mesa tiene la obligación de permanecer abierta por 8 horas. Al concluir su jornada se cierra la mesa y se pasa a realizar el conteo de votos de manera inmediata ininterrumpida en presencia física y a la vista del público presente.

En lo que se refiere al proceso de conteo, el mismo puede ser explicado de la siguiente manera:

Se procede al conteo de votos en presencia de todos los delegados de los partidos políticos quienes tiene todo el Derecho de impugnar, reclamar e incluso solicitar la nulidad de la mesa electoral. Dejando sentada su posición con el objetivo de generar consecuencias jurídicas posteriores, si las hubiere.

Hecho lo cual, los resultados se registran en el acta, la cual tiene la firma y huella dactilar de todos los integrantes de la mesa.
Se destaca que se cuenta con 12 copias de cada acta.

- 1 original para computo

- 1 copia operador TREP

- 1 copia notarios

- Y de la copia 4 a la copia 9 para cada organización política que participó de las elecciones.

Concluido este procedimiento del levantamiento del acta, esta es inmediatamente remitida de manera física a cada Tribunal Departamental Electoral. Por tanto, las actas deben ser trasladadas por los notarios electorales desde cada recinto.

 

En el caso de los recintos más alejados, ese viaje puede durar varias horas incluso días. Por ejemplo, actas que lleguen desde el norte de La Paz o desde las poblaciones más alejadas del departamento amazónico del Beni, tardan más días porque los accesos no son carreteros, muchas veces son fluviales o de otra naturaleza.

 

Durante ese lapso de tiempo los custodios de las actas son los notarios electorales. Siendo este el único documento válido para el cómputo oficial y que es llevado personalmente por los notarios al Tribunal Electoral de cada departamento.

 

Debe reiterarse con claridad y certeza, que cada acta al tiempo del cierre de las mesas es firmada y avalada por cada uno de los representantes de los partidos políticos y por los ciudadanos que presiden las mesas como jurados electorales. A quienes – como fue dicho - en ese mismo instante y para garantizar la seguridad y transparencia, se les entrega una copia de dicha acta.

 

En consecuencia, cada una de estas actas lleva la firma y huella dactilar de cada uno de estos representantes. Asimismo, las actas son escaneadas y pueden ser verificadas online en la página del OEP. 

 

Es decir, y para que quede claro, cada partido político tiene derecho a tener el día mismo de la elección la totalidad de las actas de escrutinio de todas y cada una de las mesas de sufragio, lo cual ha generado siempre en Bolivia la certeza de que la voluntad popular expresada en elecciones es totalmente respetada.

 

Señor Secretario y Distinguidos Señores Delegados,

Como hemos podido comprobar, no existe la mínima posibilidad de que exista ninguna forma de fraude electoral en Bolivia, ésta ha sido una constante que se ha llevado adelante durante todos los procesos electorales desde que hemos vuelto a la vida democrática el 10 de octubre del año 1982.

 

El anunciar, como lo ha hecho algún candidato de la oposición de que ha habido un fraude monumental electoral o como lo han mencionado algunos dirigentes cívicos de mi país, es simplemente faltar a la verdad. Es inconcebible que, en un Estado Democrático, en una institucionalidad republicana, en un Estado de Derecho como el que vive Bolivia, se pueda hacer una afirmación de fraude sin presentar una sola prueba, sin presentar una sola acta de las más de 34.000 actas que existen en el país indicando alguna anomalía. No se puede hacer un anuncio de fraude sin explicar mínimamente cuál sería el mecanismo, el modus operandi, donde estaría el fraude, hasta la fecha en Bolivia antes los órganos electorales, nadie absolutamente nadie ha presentado una solo acta de las 34.000 actas a las que me eh referido que tenga una anomalía o con alguna situación irregular y pueda sugerir mínimamente la existencia de fraude, no hay una sola denuncia, no hay un solo elemento concordante, un solo elemento lógico, reitero no hay ni siquiera un pedido oficial de ninguna fuerza política ni institucional en ese sentido.  

 

Estas afirmaciones de parte del candidato de Comunidad Ciudadana, tienen la única finalidad de buscar una conmoción social, violencia y enfrentamiento entre bolivianos, un levantamiento popular absolutamente estéril e inútil sin ningún fundamento planteado ante la carencia de elementos y argumentos legales.

 

Señores miembros de este Consejo Permanente, permítanme hacer notar que como lo ha mencionado el Canciller Diego Pary, se ha convocado irresponsablemente a una serie de manifestaciones y formas violentas de actuar por parte de algunos actores politicos, supuestamente motivadas por la existencia de un fraude electoral que como hemos podido ver aquí, es imposible, improbable e inexistente.

 

Finalmente, y para concluir esta mi intervención, permítanme hacer una referencia estrictamente constitucional. La Constitución Política del Estado, vigente en nuestro país, aprobada el 7 de febrero del año 2009, establece  en su Artículo 166, parágrafo I, lo siguiente: "La Presidenta o el Presidente y la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Estado serán elegidas o elegidos por sufragio universal, obligatorio, directo, libre y secreto. Será proclamada a la Presidencia y a la Vicepresidencia la candidatura que haya reunido el cincuenta por ciento más uno de los votos válidos; o que haya obtenido un mínimo del cuarenta por ciento de los votos válidos, con una diferencia de al menos diez por ciento en relación con la segunda candidatura".

 

Esto es lo que establece el texto constitucional de Bolivia y esto es lo que se debe respetar, es imposible considerar o pensar que se pueda modificar o alterar lo que establece la Constitución Política del Estado por susceptibilidades o por requerimientos de personas u organismos nacionales o internacionales.

 

La Organización de Estados Americanos, es una organización garante del Estado de Derecho, la institucionalidad y democracia en todos y cada uno de los más de 30 países que la conforman, y no puede en ningún sentido solicitar que apartándonos de la Constitución Política del Estado, se disponga una segunda vuelta que no correspondería desde el punto de vista constitucional.

 

En Bolivia, si es que una vez conocidos los resultados oficiales existe una diferencia del más del 10% del primero hacia el segundo candidato, y el primero ha superado el 40 por ciento de los votos, no puede haber una segunda vuelta electoral. Por contrario sensu, si una vez conocido el cómputo final  existe una diferencia entre el primero y el segundo menor al 10%,  por su puesto en esa condición y habiéndose cumplido esa causal constitucional habría una segunda vuelta electoral.

 

Señora Presidenta muchas veces hemos estado en este salón con temas importantísimos, siempre referidos a la institucionalidad democrática, siempre referidos al desarrollo de la democracia, en las Américas y hoy en día acudimos como lo mencionó el Canciller Diego Pary, con absoluta certeza de que esta institución para prevalecer la democracia, la institucionalidad, el estado de derecho, y sobre todo a la prevalecer la voluntad popular, permítame hacer 3 aclaraciones finales. En principio en Bolivia hemos aprendido a vivir en democracia y hemos construido fórmulas específicas que nos han permitido desarrollar la democracia, el sistema constitucional que adoptado la constitución del año 2009 es absolutamente claro, y como en cualquier otro país del hemisferio su definición final en democracia representativa se dará siempre en función al voto, un voto de diferencia un punto porcentual, 2 puntos porcentuales valen lo mismo, es la esencia de la democracia representativa que nuestros países han adquirido.

Un segundo elemento que es importante aclarar es que en la presente elección hay un ganador, ese ganador es el candidato Evo Morales y el candidato Álvaro García linera, ganadores con más de un 10% según los resultados de los cómputos que leído hace un momento. No estamos hablando de un empate y una definición de quién ha ganado la elección por menos de un punto, dos puntos, estamos hablando de que hay un ganador por más de 10% por más de 10 puntos porcentuales lo que significa en el padrón electoral más de 600.000 votos, en otro país ya ha quedado conformada la Asamblea Legislativa Plurinacional los Órganos Legislativo que funcionará a partir del 22 de enero del próximo año, una conformación parlamentaria formada en base a la voluntad popular en la cual el Movimiento Al Socialismo obtiene una mayoría amplia en ambas cámaras en un sistema bicameral.

Por lo tanto, las reglas del juego se han cumplido, la institucionalidad se ha desarrollado y lo que corresponde es llevar adelante y cumplir ese resultado, nuestro gobierno como lo mencionado el Canciller ha invitado a la Organización de Estados Americanos a realizar una auditoría del cómputo electoral y aquí el Canciller al ratificar su invitación a todos los organismos internacionales y autoridades que están presentes nuestra vocación democrática es amplia Presidente esta vocación democrática está totalmente abierto todos los organismos e instituciones internacionales, quien nada debe nada teme, pero sí defendemos como es nuestro mandato, como es nuestra obligación, como es nuestra responsabilidad, la sagrada voluntad del pueblo, a la cual nos debemos como en cualquier institucionalidad en democracia.

 

Muchísimas gracias por escucharnos.

 

Washington 24 de octubre 2019.

 

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