Con el propósito de brindar celeridad en la tramitación de exhortos, cartas rogatorias o requerimientos de Cooperación Jurídica Internacional, presentadas al Ministerio de Relaciones Exteriores en su condición de Autoridad Central en materia de cooperación jurídica, judicial, fiscal y administrativa internacional y, evitar observaciones y devoluciones innecesarias de los Estados requeridos, se comunica a los servidores públicos judiciales, fiscales y a la población en general que los referidos trámites internacionales que encomienden diligencias a cumplirse en el extranjero deben cumplir, ineludiblemente, los requerimientos anotados en el siguiente enlace:
La Paz, 14 de junio de 2021