
Alocución del Ministerio de Relaciones Exteriores, David Choquehuanca, en la conferencia de prensa de la fecha, en la Cancillería.
“Hemos convocado a esta conferencia de prensa para pedirles a todos ustedes (a los periodistas) que no se especule sobre la solicitud de refugio del señor Martín Belaunde.
Sobre los medios de comunicación del Perú no tengo nada que decir, sino es para los medios de Bolivia, para que no entremos a la especulación. Tenemos que informar a nuestros pueblos porque ellos necesitan estar informados, pero tenemos que informar con conocimiento de la norma. Hay una norma internacional y una norma nacional para el tratamiento de estos temas.
Bolivia ha ratificado la Convención del Estatuto de Refugiado de 1951, su Protocolo de 1967 y ha firmado las Declaraciones de Cartagena de 1984 y la de Brasilia de 2014, donde reconocemos nosotros el instituto del refugiado y todos sus principios, entre ellos, el principio de la confidencialidad, por lo que se tiene que tener cuidado en la divulgación de información sobre cualquier solicitante de refugio.
Esta en nuestra Ley (Ley 251 de 20 de junio de 2012) y esto va para los (funcionarios) públicos y (ciudadanos) privados, y también para ustedes, esto de la confidencialidad para cualquier solicitud de refugio. Por ello, Bolivia va a actuar en el marco de nuestra Ley. Tenemos la Ley 251, y nosotros hemos ratificado la Convención del Estatuto del Refugiado.
En este momento tenemos 14 solicitudes de refugio, que están en proceso, que están siguiendo su trámite normal. En este caso particular del señor Martín Belaunde, se tomará en cuenta toda la información y documentación que nos llegue. Esta documentación puede ser presentada por el propio solicitante, puede ser obtenida por la Comisión Nacional del Refugiado CONARE o por cualquier otra instancia. Vamos a considerar toda la información que nos llegue; puede ser de la Interpol o del propio gobierno peruano.
La CONARE, para garantizar su derecho a la defensa, tiene que convocar a una entrevista al solicitante de refugio, cosa que no se ha hecho hasta ahora en este caso particular del señor Belaunde. Nosotros tenemos que hacer una notificación al señor Belaunde para una entrevista, esta notificación lo hacemos con él, no lo vamos a hacer a través de los medios de comunicación.
En este momento él tiene la condición de solicitante de refugio y nosotros, como lo establece nuestra ley, tenemos un plazo de máximo de 120 días para resolver esta solicitud, y está a cargo de la CONARE, donde participan los ministerios, de Gobierno, Justicia y Relaciones Exteriores, pero también participa el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, ACNUR, a través de la Pastoral de Movilidad Humana; ellos nos acompañan como apoyo técnico, como asesoramiento. Tenemos un plazo de 120 días; la ley establece etapas, plazos, procedimientos y principios, es importante (decir que) entre los principios está esto de la confidencialidad.
También queremos indicar que Bolivia no va a proteger a personas que huyen de procesos por delitos comunes, y más aun de corrupción, nosotros mismos tenemos solicitudes presentadas ante hermanos países, solicitudes presentadas por nuestro Ministerio Público para que no se conceda refugio, ni asilo, a bolivianos que tienen procesos por delitos comunes y de corrupción.
Por eso Bolivia ha sido uno de los países gestores para que en la Comunidad de Estados Latinoamericanos y de Caribe CELAC, podamos nosotros tener, en la reunión especializada de ministros y altas autoridades de prevención y lucha contra la corrupción (un principio) que se denomina “Ama Suwa, Ama Llulla, Ama Qhella” (no seas ladrón, mentiroso ni flojo, en quechua).
En Santa Cruz, en la CELAC, todos los países nos hemos puesto de acuerdo y hay una Declaración que dice, entre otros aspectos: “(…) Promover el desarrollo de principios comunes que impidan el ingreso de funcionarios públicos y de los particulares procesados y sancionados por delitos de corrupción y territorio de otros Estados miembros, respetando las legislaciones internacionales y los compromisos internacionales vigentes; ratificar que los Estados miembros deben abstenerse de considerar los delitos de corrupción como delitos políticos, respetando los acuerdos internacionales y legislaciones nacionales correspondientes.
Bolivia va a actuar en el marco de la normativa internacional, en el marco de los compromisos que ha asumido el Gobierno en relación a los refugiados, y tenemos una Ley que establece procedimientos, plazos y principios”.
La Paz, viernes 2 de enero de 2015
