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La Paz, 21 de abril de 2022.- El vicecanciller Freddy Mamani tras su participación en la primera Conferencia de las Partes sobre el Acceso a la Información, la Participación PĆŗblica y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales de AmĆ©rica Latina y el Caribe (Acuerdo de EscazĆŗ), presentó acciones nacionales realizadas en el marco de este Acuerdo, haciendo Ć©nfasis en el camino trazado por la Constitución PolĆtica del Estado aprobada el 2009 y su compromiso de poner en marcha la visión del Vivir Bien en armonĆa con la Madre Tierra.
La posición de Bolivia, estĆ” en base a las polĆticas pĆŗblicas de un enfoque orientado al respeto de las demandas del pueblo boliviano, las necesidades del desarrollo integral del paĆs y el cuidado de la Madre Tierra.
Destacamos la promulgación de la Ley de los Derechos de la Madre Tierra (2010) y la Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien (2012). Estas normas aprobaron disposiciones dirigidas a garantizar el desarrollo integral con protección del medio ambiente, en armonĆa y equilibrio con la Madre Tierra, con plena participación social.
Asimismo, de acuerdo a la Ley de Participación y Control Social (2013) que tiene por objetivo la participación social en la gestión pĆŗblica del paĆs, incluyendo asĆ, se promueve el derecho a ser consultado e informado previamente sobre decisiones que pudieran afectar a la calidad del medio ambiente y la conservación de los ecosistemas. Por otra parte, el establecimiento de la Jurisdicción Agroambiental con la aprobación de la Ley del Ćrgano Judicial (2010), que se ejercen a travĆ©s del Tribunal Agroambiental y los juzgados Agroambientales, desempeƱando funciones especializadas en materia ambiental, impartiendo justicia en materia agraria, pecuaria, forestal, ambiental, aguas y biodiversidad; mencionando que esto crea un marco legal muy importante que coadyuvarĆ” a la implementación del Acuerdo de EscazĆŗ.
Respecto al acceso a la justicia en asuntos ambientales, la Jurisdicción Agroambiental boliviana cuenta con jueces agroambientales distribuidos en todo el paĆs, ademĆ”s de defensores ambientales de oficio y plataformas virtuales para la difusión de la jurisprudencia de los casos atendidos. Para la participación pĆŗblica en los procesos ambientales, la Ley del Medio Ambiente (1992), especifica que cualquier persona natural o colectiva tiene derecho a participar durante el proceso de obtención de licencias ambientales.
El Estado Plurinacional de Bolivia, viene desarrollando acciones a destacar como: el Acceso a la Información Ambiental, mediante el Sistema Nacional de Información Ambiental (SNIA); el Centro de Documentación de Calidad Ambiental (CEDOCA); el Registro Nacional de Consultores Ambientales (RENCA); la Red de Monitoreo de la Calidad del Aire (MoniCA) con información de la calidad del aire; el Sistema de Información y monitoreo de bosques (SIMBT); y un portal web que contiene un Sistema de Información GeogrÔfica de actividades, obras y proyectos, entre otras acciones.
Como desafĆos futuros, se tiene previsto seguir perfeccionando las regulaciones e institucionalidad para continuar fortaleciendo los procesos de gestión ambiental en armonĆa con la Madre Tierra y el Vivir Bien. En este contexto, se hizo mención que no se debe olvidar que el Acuerdo de EscazĆŗ es un acuerdo intergubernamental, por lo mismo, son los paĆses los que tienen que tener un liderazgo en la implementación del mismo, con la importante y primordial participación de las organizaciones sociales.
En el marco de la gestión pĆŗblica que corresponde a un Estado Plurinacional los contenidos de las normativas y reglamentos estĆ”n traducidos a varios de los idiomas de las naciones y pueblos indĆgena originario campesinos del paĆs.
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