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REQUISITOS PARA LA ACREDITACIÓN DE FIRMA EN LA APOSTILLA
    1. Nota de solicitud de registro de firma, dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores (autorizada por la MAE de la institución)
    2. Formulario de registro de firma. (descargar archivo pdf)
    3. Copia del Memorándum/Designación que demuestre que el servidor cuenta con la autorización para la firma registrada.
    4.  Adjuntar la lista de trámites de los documentos públicos que emiten como entidad, para inclusión al sistema integrado de la apostilla.
    5. Contar con la firma digital de la ADSIB.

NOTA: En caso de cese de funciones o cambio de algún servidor acreditado, hacer conocer en la misma nota de solicitud el nombre del funcionario, para la baja correspondiente.

LA PAZ

Dirección: Calle Ingavi N° 1058 esq. Calle Junín, Zona Central
Horario de Atención: Lunes a Viernes, de 8:30-12:30 y 14:30-18:30
Teléfono: 2408900 interno 4000
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COCHABAMBA

Dirección: C. 25 de mayo esq. C. México N° 467, Plaza Colón, acera oeste
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SANTA CRUZ

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PROCEDIMIENTO:

1

Realice la solicitud en la Página Web de la Apostilla (excepto SERECI y Ministerio de Obras Públicas, donde la solicitud se realiza en sus oficinas).

Una vez realizada la solicitud, el sistema le proporcionará un CÓDIGO DE SEGUIMIENTO.

2

Diríjase a la Entidad Emisora del documento y solicite la apostilla del mismo.

Asegúrese que la Entidad Emisora envíe el trámite vía sistema (el documento digitalizado/escaneado y agregado con firma digital) al Ministerio de Relaciones Exteriores.

3

Una vez que el trámite se encuentre en estado FIRMADO POR LA ENTIDAD, el Ministerio de Relaciones Exteriores vía sistema enviará a su correo la AUTORIZACIÓN DE PAGO (Número de Cuenta del Banco Unión; Monto del depósito; Los pasos a seguir para registrar su depósito en el sistema)

Una vez registrado el pago, el sistema enviará a su correo la APOSTILLA DIGITAL, el cual se podrá descargar en formato PDF e imprimir.

Nota: Una vez que el trámite se encuentre en estado FIRMADO POR LA ENTIDAD, no es necesario aproximarse de forma personal a las oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores; ya que la AUTORIZACIÓN DE PAGO y la APOSTILLA DIGITAL serán enviadas a su correo electrónico.

LEGALIZACIÓN DE FIRMAS EN DOCUMENTOS PÚBLICOS NACIONALES PARA SU VALIDEZ FUERA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

PROCEDIMIENTO:

Documentos otorgados por el Servicio de Registro Cívico (SERECI), deben ser legalizados por:

    • Tribunal Nacional Electoral o por el Tribunal Departamental Electoral
    • Gobierno Autónomo Departamental que corresponda

Documentos Notariales

    • Notaria de Fe Publica
    • Dirección del Notariado Plurinacional (DIRNOPLU)

Documentos de Estudio nivel inicial, primaria y secundaria

    • Dirección Departamental de Educación
    • Ministerio de Educación

Documentos de Estudios Universitarios

    • Máxima Autoridad de la Universidad
    • Ministerio de Educación

Documentos de carácter Judicial

    • Tribunal Supremo de Justicia o Tribunal Departamental de Justicia
    • Gobierno Autónomo Departamental que corresponda

Certificado de Antecedentes Penales

    • Consejo de la Magistratura
    • Gobierno Autónomo Departamental que corresponda

Certificado de Antecedentes Policiales, Narcóticos, Registro Domiciliario

    • Director Departamental (FELCC, FELCN)
    • Ministerio de Gobierno

Certificados Fitosanitarios, Sanidad Animal y Libre Venta.

    • Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG)

Certificados de Salud, Bromatológicos y Especialidades Farmacéuticas

    • Ministerio de Salud

Certificados de Trabajos

    • Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social

Certificados de Origen de Mercaderías

    • Servicio Nacional de Verificación de Exportaciones (SENAVEX)

Documentos y Certificaciones emitidas por los Gobiernos Autónomos Municipales

    • Director del área que corresponda
    • Acalde Municipal o Autoridad delegada

Documentos y Certificaciones emitidas por Entidades Financieras

    • Autoridad del Sistema Financiero
    • Viceministerio de Pensiones y Servicios Financieros
    • Ministerio de Economía y Finanzas o Autoridad delegada

Nota.- Posterior a estas legalizaciones, el documento debe ser legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia y posteriormente por la Representación Consular o Diplomática del país de destino acreditado en Bolivia.

LEGALIZACIÓN DE FIRMAS EN DOCUMENTOS PÚBLICOS EMITIDOS EN EL EXTERIOR PARA SU VALIDEZ DENTRO EL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

PROCEDIMIENTO:

Todo documento público, original o fotocopia, extendido en el exterior debe contar con la siguiente legalización de firmas:

    • Firma de la Máxima Autoridad de la entidad que emite el documento
    • Firma de la Máxima Autoridad pública del área que corresponda
    • Firma de la del Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen del documento
    • Firma de la Representación Consular o Diplomática boliviana en el exterior (Consulado o Embajada)
    • Finalmente, legalización de firma por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia

REQUISITOS PARA LA ACREDITACIÓN DE OPERADORES AL SISTEMA DE LEGALIZACIONES
    1. Nota de solicitud de registro de firma, dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores (autorizada por la MAE de la institución)
    2. Formulario de registro de firma. (descargar archivo pdf)
    3. Copia del Memorándum/Designación que demuestre que el servidor cuenta con la autorización para la firma registrada.

NOTA: En caso de cese de funciones o cambio de algún servidor acreditado, hacer conocer en la misma nota de solicitud el nombre del funcionario, para la baja correspondiente.

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ASUNTOS CONSULARES

SECCION EN CONSTRUCCION

GOBIERNO ELECTRÓNICO
Registro de valijas diplomáticas y/o Liberaciones

Para el registro de valijas diplomáticas se debe solicitar vía correo electrónico un USUARIO y una CONTRASEÑA a mreuno@rree.gob.bo, indicando el nombre de la Misión diplomática y el correo electrónico de la misma.